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El permiso de paternidad se amplía a 8 semanas

¿Cuál es la duración del permiso de paternidad? ¿Cómo se solicita? 10 claves

El permiso de paternidad en España pasa a ser de 8 semanas a partir del 1 de abril

Aumentará a 12 semanas a partir del 1 de enero del 2020 y a 16 semanas desde el primer día del 2021

Eduardo López Alonso Óscar Toral

¿Vas a ser padre en breve? Es una experiencia trascendental y al principio tendrás que hacer frente a algunos trámites (como el del permiso de paternidad) algo farragosos. Para hacerte la tarea más fácil, te explicamos al detalle cómo funciona este subsidio y cómo hacer las gestiones.

El Consejo de Ministros del 1 de marzo del 2019 aprobó la ampliación de la duración del permiso de paternidad de cinco a ocho semanas. El cambio entrará en vigor el 1 de abril, aunque el cambio legal se publicó en el BOE el 7 de marzo, con la excusa de que las empresas tengan tiempo para adaptarse.

El Gobierno socialista también ha aprobado que este permiso aumente a 12 semanas a partir del 1 de enero del 2020, y a 16 semanas desde el primer día del 2021, alcanzando en tres años la media que tienen los países de la UE.

En el caso de los funcionarios ya se había alcanzado antes un acuerdo para aumentar el permiso paternal hasta ocho semanas a partir de este 2019. Los ingresos por la baja de paternidad no cotizan en el IRPF (si te los han retenido entre el 2014 y el 2017, consulta cómo reclamar a Hacienda la devolución del IRPF de la paternidad).

Índice de contenido

  1. ¿Qué es el permiso de paternidad y cuánto dura?
    2. ¿Son más días en caso de parto múltiple?
    3. ¿Se requiere un periodo mínimo de cotización?
    4. ¿Hay limitaciones en lo que respecta al hijo?
    5. ¿Cuándo puede disfrutarse del permiso de paternidad?
    6. ¿Qué salario se percibirá?
    7. ¿Que documentación hay que presentar a la Seguridad Social?
    8. ¿Tienen las familias numerosas un tratamiento especial?
    9. ¿Cómo es el permiso de paternidad para los funcionarios?
    10. ¿Hay alguna particularidad para los autónomos?

Estas son las 10 claves que debes conocer si prevés ampliar la familia a corto plazo.

  1. ¿Qué es el permiso de paternidad y cuántos días dura?

Es un subsidio que se da a los trabajadores que suspendan el contrato de trabajo o cesen en su actividad, durante los días legalmente establecidos, con motivo del nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento. La última ampliación, aprobada en el Consejo de Ministros del 1 de marzo del 2019, elevó su duración a 8 semanas. El cambio de cinco a ocho semanas se aplicará a partir del 1 de abril.

Además, está previsto que se reforme el Estatuto de los Trabajadores para incluir que «el nacimiento suspenderá el contrato de trabajo del progenitor distinto de la madre biológica durante 16 semanas» a partir del 2021, de las que «serán obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto» y se disfrutarán «a jornada completa». Ambos progenitores tendrán otras 10 semanas cada uno a distribuir hasta el primer año del recién nacido, y éstas podrán repartirse a jornada completa o parcial, y en ningún caso podrán cederse. En cualquier caso, si ambos progenitores deciden disfrutar de los permisos de manera equitativa éstos se ampliarán en una semana cada uno.

Deben ser semanas ininterrumpidas, justo después del parto o adopción, a lo largo de la baja maternal, o cuando termina. No obstante, la última semana del periodo de descanso podrá disfrutarse de forma independiente en otro momento dentro de los nueve meses siguientes a la fecha del nacimiento del hijo.

Podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo con el empresario y es compatible e independiente del disfrute compartido de los periodos de descanso por maternidad.

En el caso de los funcionarios andaluces ya pueden disfrutar de un permiso retribuido e intransferible de 10 semanas en el 2019, que se ampliarán a 20 semanas en el 2020.

  1. ¿Son más días en caso de parto múltiple?

Sí. La duración se ampliará en el supuesto de parto, adopción, acogimiento o guarda múltiples en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo. La última semana del periodo de descanso podrá disfrutarse de forma independiente en otro momento dentro de los doce meses siguientes a la fecha del nacimiento del hijo.

  1. ¿Quién puede pedir el permiso por paternidad? ¿Hay un periodo mínimo de cotización?

Los trabajadores incluidos en el régimen general y en los regímenes especiales de la Seguridad Social, cualquiera que sea su sexo. La prestación por paternidad es independiente de la de la madre y compatible con el disfrute compartido de la de maternidad, siempre que sea cedido por la madre.

En el supuesto de parto, la suspensión corresponde exclusivamente al otro progenitor. En los casos de adopción o acogimiento, la suspensión corresponderá a uno solo de los progenitores, a elección de los interesados; no obstante, cuando el descanso maternal fuera disfrutado en su totalidad por uno de los progenitores, el derecho a la suspensión por paternidad únicamente podrá ser ejercido por el otro.

Cuando es uno solo el progenitor o adoptante, no puede acumularse el periodo de paternidad al de maternidad. El periodo mínimo de cotización exigido es de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la suspensión o, alternativamente, 360 días a lo largo de la vida laboral con anterioridad a dicha fecha.

  1. ¿Hay limitaciones en lo que respecta al hijo?

Para generar derecho a la prestación se exige que el adoptado o acogido sea menor de 6 años. No obstante, también generan derecho los mayores de 6 años pero menores de 18 con discapacidad o que, por sus circunstancias y experiencias personales o por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar, debidamente acreditadas por los servicios sociales competentes. Se entiende que el adoptado o acogido está afectado por una discapacidad, cuando se acredite en un grado igual o superior al 33%.

  1. ¿Cuándo puede disfrutarse del permiso por paternidad?

Este permiso no tiene por qué ir unido al permiso por nacimiento, puedes disfrutarlo dentro del periodo de 16 semanas del permiso por maternidad, o inmediatamente después del mismo.

  1. ¿Qué salario se percibirá?

El 100%. Incluidos todos los conceptos de la base reguladora, normalmente incluidos en todos los complementos asignados en la nómina. El Tribunal Supremo ha determinado que las cantidades recibidas durante el permiso de maternidad o paternidad están exentas del IRPF.

La medida tiene efectos retroactivos, por lo que es posible reclamar lo pagado de más desde el 2014. Los contribuyentes que incluyeron la prestación por maternidad o paternidad en sus declaraciones de IRPF del 2014, 2015, 2016 o 2017 pueden reclamar a Hacienda la devolución de las retenciones indebidas.

  1. ¿Que documentación hay que presentar a la Seguridad Social para solicitar el permiso de paternidad?

El informe de paternidad del servicio de salud, la solicitud del permiso remitida a la empresa y el modelo oficial de la solicitud de paternidad. Los trámites deben hacerse con tiempo suficiente para no causar problemas a la empresa en la que se trabaja.  En el momento de la tramitación es necesario llevar también la última nómina, fotocopia del DNI, libro de familia actualizado y recibo del banco en el que se deba ingresar la retribución. El cobro se producirá tras la segunda semana del mes siguiente a la generación del derecho.

  1. ¿Tienen las familias numerosas un tratamiento especial?

Desde el 1 de enero del 2017, se equiparan los permisos de paternidad de cualquier tipo de familia independientemente de si estas son numerosas o no, o si tienen discapacitados entre ellos.

  1. ¿Qué efecto tiene el cambio de la ley del permiso de paternidad en los funcionarios?

En la actualidad, la baja de maternidad contempla seis semanas obligatorias e intransferibles para la madre frente a las del padre, voluntarias pero intransferibles. Quedan otras 10 semanas que son intercambiables y que los padres asumen en menos del 2% de los casos.

El Gobierno autónomo de Euskadi anunció que la futura ley de empleo público vasco equiparará la duración de los permisos por parentalidad entre las dos personas que integran la pareja. Ello suponía, en la práctica, la ampliación de facto del permiso de paternidad de los funcionarios de la Administración vasca de 5 a 16 semanas.

  1. ¿Hay alguna particularidad para los autónomos?

No. Como para el resto de trabajadores, la prestación por paternidad es equivalente al 100% de la base reguladora, que en el caso de los trabajadores autónomos se corresponde generalmente con la base de cotización mínima. Es imprescindible estar al corriente de pago de las cotizaciones.

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