Se solicitará en los supuestos de lactancia del hijo/a o menor acogido hasta que cumpla 9 meses. La trabajadora podrá estar fuera del puesto de trabajo una hora, que puede repartirse en dos fracciones. La duración de este permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiple. Durante el tiempo que dure el permiso por lactación sigue recibiendo todo su salario.
La persona que ejerza este derecho, por su voluntad, puede:
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- Sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad.
- Acumularlo en jornadas completas, en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo al que llegue con la empresaria o con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquella.
¿Dónde se pide?
El permiso se pide en el mismo centro de trabajo. El trabajador o trabajadora deberá avisar de su reincorporación a la jornada ordinaria con 15 días de antelación.