Reducción de la jornada laboral por lactancia

Se solicitará en los supuestos de lactancia del hijo/a o menor acogido hasta que cumpla 9 meses. La trabajadora podrá estar fuera del puesto de trabajo una hora, que puede repartirse en dos fracciones. La duración de este permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiple. Durante el tiempo que dure el permiso por lactación sigue recibiendo todo su salario. 

La persona que ejerza este derecho, por su voluntad, puede:

    • Sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad.
    • Acumularlo en jornadas completas, en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo al que llegue con la empresaria o con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquella.

¿Dónde se pide?

El permiso se pide en el mismo centro de trabajo. El trabajador o trabajadora deberá avisar de su reincorporación a la jornada ordinaria con 15 días de antelación.