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Tres nuevos permisos para facilitar la conciliación familiar

Después de su aprobación en el Congreso, el gobierno ha emitido un decreto para implementar tres nuevos tipos de licencias que buscan fomentar la conciliación y el cuidado. A partir de hoy, los ciudadanos podrán disfrutar de permisos remunerados en sus empleos, que consisten en cuatro y cinco días al año para situaciones de fuerza mayor y cuidado de familiares, respectivamente, así como una licencia de ocho semanas para el cuidado de los hijos.

De los tres nuevos permisos aprobados el martes, el permiso de ocho semanas destinado a padres y madres con hijos menores de ocho años será el único sin remuneración. Este permiso puede ser tomado de forma continua o discontinua y tiene como propósito abordar los periodos de adaptación escolar de los hijos o permitir a los padres cuidar de los menores durante las vacaciones escolares.

Por otro lado, el permiso de cinco días al año para el cuidado de familiares a cargo sí será remunerado. El decreto establece que este permiso puede ser utilizado en caso de accidente o enfermedad grave de un familiar, así como en situaciones en las que requieran hospitalización o cirugía sin ingreso hospitalario pero con necesidad de reposo. Este permiso de cuidado se aplica a familiares de hasta segundo grado (hermanos, abuelos, nietos o cuñados) y también a convivientes, cubriendo los casos de parejas que cohabitan pero no están legalmente casadas.

El tercer permiso, de hasta cuatro días al año, puede ser utilizado en situaciones de «fuerza mayor». Básicamente, esta norma permite a los padres y madres ausentarse del trabajo en casos de urgencia familiar, como una enfermedad repentina del menor que impida su asistencia escolar. Dado que se trata de un permiso diseñado para situaciones imprevistas, puede ser tomado por horas y la empresa tiene la obligación de remunerar el tiempo de trabajo que el empleado no haya estado presente.

Por último, el decreto también incluye una medida que equipara a las parejas de hecho con los matrimonios, otorgándoles un permiso de 15 días después de registrar su unión. Además, los hijos de parejas no casadas pueden ser inscritos en el registro por el progenitor no gestante.

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