El Tribunal Constitucional ha dado la razón a una familia numerosa a la que no se le reconoció esa condición porque, aunque tenía el libro de familia, no tenía el título que expide la Comunidad de Madrid para las familias con más de tres hijos. Por ese motivo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) le había denegado la devolución de una parte del impuesto de transmisiones que abonaron en su integridad al comprar su vivienda habitual. Al no reconocerle su condición de familia numerosa, le aplicó el tipo genérico (7%) y no el reducido (4%) que le habría correspondido como familia numerosa. Es la primera vez que el Tribunal dicta una sentencia en la que analiza la aplicación de determinados beneficios fiscales a las familias numerosas.
Fuente: El País
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