Actualmente (y solo hasta abril de 2023) existe una bonificación del 45 % en las cuotas a la Seguridad Social al contratar una empleada del hogar. El requisito es que los dos progenitores trabajen fuera de casa, salvo que se trate de familias de categoría especial.
La Federación Española de Familias Numerosas (FEFN) y MAS DE DOS FAMILIAS NUMEROSAS DE VALENCIA quieren mostrar su preocupación por el retroceso que puede suponer para las familias numerosas la nueva normativa que regula el trabajo de los empleados de hogar, al modificarse el derecho a la bonificación en las cuotas de la Seguridad Social que tienen hasta ahora estas familias (Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre).
Dicha bonificación está recogida en la Ley 40/2003 de Protección a las Familias Numerosas, y supone que estas familias pueden aplicarse una reducción del 45% en las cotizaciones a la Seguridad Social al contratar un “cuidador”, una persona para apoyar en las tareas de cuidado familiar del hogar.
Hasta ahora, la bonificación se aplica a las familias numerosas de categoría especial (a partir de 5 hijos) que contraten a una persona para trabajar en su hogar y también a las de categoría general (hasta 4 hijos), siempre que cumplan el requisito de que los dos progenitores trabajen fuera de casa. El nuevo Real Decreto, aprobado el pasado 6 de septiembre por el Gobierno, elimina este derecho (Disposición derogatoria única) para las nuevas contrataciones (a partir del 1 de abril de 2023), tal y como lo recoge la Ley de Familias Numerosas, dejándolo sujeto a que “se cumplan los requisitos de patrimonio y/o renta de la unidad familiar o de convivencia de la persona empleadora, en los términos y condiciones que se establezcan reglamentariamente”, según dicta la Disposición Adicional Primera.
Aquellas que tengan a alguien contratado, se estén beneficiando de la desgravación y mantengan la contratación el 1 de abril de 2023 podrán seguir manteniendo la bonificación.