Beca Salario GVA
La Becas Salario GVA es una ayuda económica que ofrece la Generalitat Valenciana a los estudiantes con rentas más bajas que cursen estudios universitarios. Te contamos todo lo que necesitas saber sobre las Becas Salario GVA para el curso 2021/2022:
¿Quién puede solicitar una Beca Salario GVA?
1. Podrá solicitar las becas salario ligadas a la renta para la realización de estudios universitarios el estudiantado que inicie el primer curso de enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado, en alguna de las Universidades del Sistema Universitario Valenciano, con el nivel de presencialidad que se establezca en cada convocatoria.
2. Asimismo podrá ser beneficiario de estas becas el estudiantado de segundo y posteriores cursos y el estudiantado que curse Másteres Habilitantes y que cumpla los requisitos establecidos en la correspondiente convocatoria. Se entiende por Máster Habilitante el título de posgrado que habilita para el ejercicio de las profesiones reguladas. Entendiendo por estas los oficios para cuyo ejercicio se requiere estar en posesión de un determinado título académico.
3. No se incluyen en estas bases reguladoras de las becas salario ligadas a la renta becas para la realización de los estudios de Máster Universitario no habilitante, tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni estudios conducentes a la obtención de títulos propios de las universidades.
¿Cómo se presenta la solicitud?
La tramitación y presentación de solicitudes se realiza a través de la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana.
Una vez cumplimentada la solitud, tendrá que ser firmada por la persona interesada mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la plataforma. Cuando la solicitud se ha enviado, el solicitante obtendrá un resguardo de presentación que deberá conservar.
Cuantía de la Beca Salario del año 2022
El importe máximo por beneficiario de la Beca Salario GVA no podrá ser superior a los 6.000€.
Plazo de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). CONSULTAR AQUI
Mas info: PINCHAR AQUI