Las Administraciones públicas establecen un régimen de exenciones y bonificaciones para los miembros de las familias numerosas que tengan reconocida tal condición, en relación con las tasas y precios en el ámbito de la educación.
En todos los regímenes, niveles y ciclos tendrá lugar una exención del 100% a los miembros de las familias numerosas clasificadas en la categoría especial y una bonificación del 50% para los de categoría general de las tasas o precios públicos que se apliquen a los derechos de matriculación y examen, por expedición de títulos y diplomas académicos, docentes y profesionales, y cualesquiera otras tasas o precios públicos establecidos en el citado ámbito.
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Se otorgará un subsidio a las familias numerosas que tengan en su seno a hijos discapacitados o incapacitados para trabajar que presenten necesidades educativas especiales asociadas a la discapacidad.
Cuando el beneficiario de una prestación por infortunio familiar, concedida por el seguro escolar, sea miembro de una familia numerosa, la cuantía de dicha prestación se incrementará en un 20% para las de categoría general y en un 50% para las de categoría especial.
Para alumnos con necesidad especifica de apoyo educativo
Beca general para estudios universitarios (Grado y máster) y no universitarios (FP, Bachillerato y otros). El plazo de solicitud comenzará en el mes de marzo.
Ayudas dirigidas a personas que presentan una necesidad específica de recibir apoyo educativo derivado de alguna de las siguientes situaciones: discapacidad, trastorno grave de conducta o de la comunicación y del lenguaje, trastorno del especto autista y altas capacidades.
Quien posea el título oficial de familia numerosa cuenta con puntos extra de baremación en la admisión de alumnos de las etapas obligatorias en centros escolares sostenidos con fondos públicos.
Las familias numerosas tienen derecho a una deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de 1.200€ anuales. Si la familia está clasificada como de categoría especial, la deducción asciende a 2.400€ al año.
Todas las deducciones son acumulables entre sí en caso de que se den varios de estos supuestos. Para beneficiarse de ellas es necesario estar en activo en la Seguridad Social, aunque en el caso de ser familia numerosa, también se aplica a desempleados que estén cobrando subsidio y a pensionistas.
El lugar donde solicitarla es en cualquier delegación o Administración de la Agencia Tributaria.
Si vives en la Comunidad Valenciana y tienes la consideración de familia numerosa podrás deducirte hasta 330€ si eres de categoría general, y si eres de categoría especial hasta 660€.
Los requisitos para aplicar la deducción son:
- Que tengas el título en vigor.
- Que tu base liquidable sea menor de 25.000€ si tienes la condición de Familia Numerosa general y de 30.000€ si tienes la consideración de especial.
Las familias españolas con hijos de 0 a 3 años tienen derecho a una prestación o ayuda de 100€ mensuales por hijo a cargo.
Para obtener la ayuda económica de 100€ por hijo de entre 0 y 3 años, se debe cumplimentar el formulario del Modelo 140, disponible en la página web de la Agencia Tributaria.
El importe de la deducción por maternidad se podrá incrementar en hasta 1.000 € adicionales por gastos en guardería o centros de educación infantil autorizados
El incremento de la deducción por gastos de custodia en guardería o centros de educación infantil autorizados se calculará de forma proporcional al número de meses en que se cumplan de forma simultánea los requisitos y tendrá como límite el importe total del gasto efectivo no subvencionado satisfecho en dicho período en relación con ese hijo.
Es importante destacar que, a raíz de la Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de enero de 2024, podrán aplicar este incremento no sólo las madres que lleven a sus hijos a un centro de educación infantil autorizado por la Administración educativa de la Comunidad Autónoma, sino también las madres que los lleven a guarderías que cuenten con la autorización del ayuntamiento que resulte precisa para la apertura y funcionamiento de la actividad de custodia de menores en guarderías, según las disposiciones normativas aplicables a este tipo de centros.
Por ser familia numerosa tienes derecho a una reducción del impuesto de matriculación del 50% sobre la base imponible de la tasa, para las familias numerosas, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- El vehículo debe ser nuevo.
- Capacidad entre 5 y 9 plazas.
- La matriculación debe ser a nombre del padre, la madre o ambos conjuntamente.
- Deberán haber transcurrido al menos 4 años desde la matriculación de otro vehículo a nombre del padre o la madre (salvo supuesto de siniestro total)
- El vehículo en cuestión no puede ser objeto de transmisión posterior por actos “inter vivos” durante los 4 años siguientes a la fecha de matriculación.
Las familias numerosas tienen una bonificación en la cuota íntegra del Impuesto sobre Bienes Inmuebles respecto del inmueble que constituya vivienda habitual familiar.
Los porcentajes de bonificación anual será de una bonificación del 60% para las familias de categoría general y de 90% para las familias de categoría especial
En 2025, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) ofrece tipos reducidos que buscan aliviar la carga económica en la compra de viviendas. Con un tipo impositivo del 3% para inmuebles cuyo valor no supera los 180.000 euros y del 4% para aquellos que sobrepasan esta cifra, las familias numerosas se benefician de un considerable ahorro.
Los requisitos son que la vivienda adquirida debe constituir la residencia habitual de la familia numerosa. Existen límites de renta específicos según la calificación de la familia y el régimen de declaración utilizado (individual o conjunto).
Las familias numerosas tendrán bonificación en la entrada a museos de toda España que sean titularidad del Estado. Es necesario presentar en taquilla o al adquirir las entradas, documento acreditativo de la condición de familia numerosa.
Exención en las tasas de expedición del DNI o pasaporte, tanto en nuevas emisiones como en caso de renovación por caducidad, robo o pérdida cuando se acredite ser beneficiario de la condición de miembro de familia numerosa.
Los miembros de las familias numerosas disfrutarán de una reducción del 5% si están clasificadas en la categoría general y de un 10%, en la categoría especial, sobre las tarifas por servicios regulares nacionales de transporte aéreo.
Reducción a las familias numerosas del 20% si están clasificadas en la categoría general, y de un 50% en la categoría especial, sobre las tarifas existentes por la utilización de las líneas regulares de transporte marítimo de cabotaje.
Si eres miembro de Familia Numerosa, tienes derecho a viajar con importantes descuentos en todos los trenes AVE (excepto AVE Internacional entre España y Francia), Larga Distancia, Avant, Media Distancia, Cercanías y Feve.
Los descuentos alcanzarán el 20% en los casos de familia numerosa de categoría general y el 50% para integrantes de familia numerosa de categoría especial.
En trenes AVE y Larga Distancia, los billetes adquiridos podrán admitir cambios y anulaciones en función de la opción de viaje elegida (Básico. Elige o Premium).
Permite a cualquier miembro de familia numerosa empadronado en la ciudad de Valencia, como mínimo desde los 6 meses anteriores a la solicitud, disfrutar de un bonobús a un precio más económico. El descuento será de un 20%si es de categoría general y un 50% si es especial.
Ofrece un descuento en todos los títulos, si la familia numerosa es de categoría general se aplica un 20% y si es especial un 50%.
Reducción del 20% para personas pertenecientes a familias numerosas de carácter general y 50% para las de familias numerosas de carácter especial.
Las familias numerosas pueden beneficiarse de este descuento. Para poder optar a él debes rellenar un formulario que puedes solicitar a cualquiera de las comercializadoras de referencia, firmado por todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años, y a continuación deberás hacerlo llegar junto con la documentación requerida a cualquiera de las comercializadoras de referencia.
El bono social, una vez concedido, se aplicará durante dos años, siempre que en ese periodo no se produzca la pérdida de alguna de las condiciones que permiten disfrutar del mismo. En el caso de las familias numerosas, la vigencia se mantendrá hasta que caduque el título que acredita tal situación.
Para poder solicitar esta bonificación, se necesitará enviar la siguiente documentación al siguiente correo electrónico: oficinavirtual@aguasdevalencia.es:
- Fotocopia del DNI u otro documento de identificación personal.
- Título de familia numerosa.
- Referencia catastral.
Para poder recibir esta solicitud es muy importante que el titular del suministro del agua sea el mismo que el del carnet de familia numerosa.